27 noviembre, 2024

Tracción a sangre: presentarán proyecto que amplía el radio de prohibición para la circulación de dichos vehículos

traccion a sangre

El concejal Felipe Sastre (Juntos por Entre Ríos) confirmó que ingresará al Concejo un proyecto de su autoría, acompañado por Silvina Ovelar, que amplía el radio de prohibición del radio de exclusión de los vehículos de tracción a sangre.

En este caso, la zona de exclusión se iría hasta Avenida Presidente Illia y Salto Uruguayo al norte, al oeste Boulevard Maipú, Salta hasta el río Uruguay, al oeste Diamante y al sur se traza un circuito que abarca calles Libertad hasta Scattini luego Ituzaingó, Castelli, Humberto Primo, San Martín hasta Diamante.

“La idea es que esta ampliación sea un paso hacia adelante en una idea mucho más abarcativa que es que, en un futuro cercano, se pueda erradicar la tracción a sangre”, sintetizó. La norma ingresará en la sesión de mañana y la intención del edil es que se trate sobre tablas ya que será la última sesión ordinaria del año.

Sastre recordó que hay una zona delimitada por un decreto del Ejecutivo que nunca recibido tratamiento del Concejo Deliberante. “Se trata del decreto N° 237 del año 2019 que es una ampliación de lo que ya existía que es un decreto anterior también del Ejecutivo. El N° 1029 del año 2018 que, si había recibido ratificación del Concejo”, expresó. El edil remarcó que la intención es que el decreto que establece un radio de exclusión pase a tener rango de ordenanza y que se amplíe un poco más.

Actualmente, el radio de exclusión está delimitado por calles: al norte Teniente Ibáñez y Chabrillón, al sur Santa María de Oro y Espino, al este Presbítero del Castillo y al oeste Humberto Primo, Además no pueden circular por avenida Frondizi, el puente Alvear, la Costanera y Zona Verde.

“Esta es una medida que se va a ir haciendo paulatinamente dentro del marco de todas las acciones que se van a ir desarrollando del departamento de Veterinaria a cargo del Dr. Julio Gesualdi que viene haciendo un trabajo muy intenso con animales en la vía pública y especialmente con lo que tiene que ver con tracción a sangre”, expresó. “A diario Gesualdi realiza operativos de control con lo que tiene que ver con animales y con equinos. Todo esto la idea es que se pueda sustentar con el mismo sistema para no generar mayores erogaciones así que se van a reforzar las multas que existen actualmente para infracciones de este tipo”, expresó Sastre.

Las multas van a comenzar en los cinco juristas “aproximadamente $ 75.000” con un máximo de 50 juristas. “Todo ello de acuerdo con la gravedad y la cantidad de infracciones y la reincidencia y obviamente con una mirada de que si hay una persona infractora recurrente se pueda proceder al decomiso definitivo de los animales y estarse a lo que dispone la ordenanza de animales sueltos en lo que refiere al registro de animales sueltos y entregarlo a una institución o a alguien interesado porque evidentemente esa persona no tiene interés en cumplir con las normas”, expresó Sastre.

Sastre sostuvo que están buscado consensuar con los bloques de la oposición para ver si se puede tratar mañana en la sesión. “Es algo en lo que estamos trabajando”, remarcó.

“Esto no es un hecho aislado. Eso viene dentro de un programa mas general que viene desarrollando el departamento de Veterinaria con el chipeo de caballos y acciones articuladas de Desarrollo Social. Esto es un paso más pero dentro de un esquema bastante más abarcativo e interdisciplinario con diferentes áreas de la municipalidad”.

El edil admitió que la problemática es mas compleja y excede a tratarla únicamente haciendo foco en los animales. “No se circunscribe al maltrato animal, sino que también involucra una problemática social de las familias que viven en esa situación. Obviamente la idea es avanzar en un esquema que vaya dando cobertura a este problema desde lo social”, remarcó. “Somos muy optimistas y el trabajo que está desarrollando Veterinaria es muy bueno. Es un poco un empuje haca el trabajo, marcando una línea y que siempre podamos ir hacia adelante”, expresó.

El presente proyecto tiene como finalidad ampliar la zona de prohibición de circulación de vehículos de tracción a sangre en nuestra ciudad prevista en la Ordenanza N° 36.575 mediante la que fue ratificado el Decreto N° 1029/18, y el Decreto N° 237/2019 que no recibió hasta el momento formal ratificación por parte del Concejo Deliberante.

Es importante señalar que esta decisión obedece a la necesidad de profundizar las acciones tendientes a la erradicación definitiva de la tracción a sangre, en el marco del programa que viene llevando a cabo el Departamento de Veterinaria.

Por los motivos expuestos, se eleva el presente proyecto esperando contar con el acompañamiento de los demás Sres. Concejales.

ARTÍCULO 1°.- Establécese la ampliación de la zona de prohibición de la circulación de vehículos con tracción a sangre animal en el área comprendida en el siguiente polígono:

Al Norte: Av. Presidente Illia/Av. Salto Uruguayo.

Al Sur: Libertad/Dr. Scattini y su continuación por Ituzaingo hasta Castelli, por Castelli hasta Humberto Primo, por Humberto Primo hasta San Martín y por San Martín hasta Diamante.

Al Este: Bv. Maipú y su continuación por Salta/Gastelacoto hasta el Río Uruguay.

Al Oeste: Diamante.

Dicha prohibición también será comprensiva de la zona de Costanera sur sobre Avenida de los pueblos originarios de Norte a Sur y el área conocida como zona “verde”, así como del Puente Alvear y Av. Arturo Frondizi.

ARTICULO 2°.- Dispónese que por la Secretaría de Desarrollo Urbano se proceda a la señalización de la prohibición de circulación de vehículos con tracción a sangre animal en la zona delimitada por el artículo precedente.

ARTICULO 3°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente norma, será sancionado con multa de 5 a 50 juristas y/o decomiso definitivo del carro y los animales. En caso de reincidencia el Juez podrá elevar la pena en base a los antecedentes existentes y la gravedad de la infracción. En caso de decomiso, serán de aplicación en lo pertinente las disposiciones de la Ordenanza N° 38.350/2024.

ARTICULO 4°.- Derógase la Ordenanza N° 36.575 mediante la que fue ratificado el Decreto N° 1029/18 y toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTICULO 5°.- Declárase abstracta la ratificación del Decreto N° 237/2019.

ARTICULO 6°.- De forma.