El Gobierno de Entre Ríos, con la firma del gobernador Rogelio Frigerio y del fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes, presentó esta semana una nueva demanda ante la Corte Suprema de Justicia en concepto de las regalías de la Represa de Salto Grande.
La presentación advierte por la necesidad de recomponer la ecuación económico financiera que compense realmente los daños y perjuicios que afrontó la provincia, con un reconocimiento mayor del valor de la energía producida, como sucede, por ejemplo, con Yacyretá.
El fiscal de Estado junto a la secretaria de Energía Noelia Zapata, en conferencia de prensa este jueves, sintetizaron que Entre Ríos pide a Nación modificar el modo en que se establece el precio de la energía, con intervención de las provincias -incluida Corrientes y Misiones-, que redunde en mejores excedentes y su consecuente utilización para obras postergadas. Además, insta a restituir fondos desde 2013 cuyo reclamo retroactivo supera los 175 millones de dólares.
Puntualmente, el texto de la demanda, promueve una “acción de inconstitucionalidad sobreviniente por ruptura del sinalagma contractual del Pacto Intrafederal“. Además, solicita la “fijación de un nuevo sistema de remuneración de la Central Hidroeléctrica Salto Grande para restablecer su sentido reparatorio y una indemnización por los daños y perjuicios sufridos”.
El pedido de inconstitucionalidad apunta a las Resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación de 2013 a 2024 para fijar un nuevo mecanismo que mejore las compensaciones. El petitorio incluye que se ordene remunerar la generación de la Represa “con un mecanismo del precio de Salto Grande equivalente al 80% del Precio Monómico de la Energía comprada por Cammesa o lo que en más o menos surja de la prueba pericial propuesta por esta parte”.
En ese mismo párrafo, solicita que “se otorgue a Entre Ríos plena participación, con voz y voto, en el proceso de fijación de nuevas resoluciones vinculadas a mantener ‘actualizado’ y ‘constante’ dicho valor”.
El sexto punto del petitorio incluye el dato económico. Como corolario, pide que “se despache una sentencia de condena contra el Estado Nacional, para que abone al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos la suma de USD 175.5000.000, más actualización por intereses en concepto de daños y perjuicios“.
El Gobierno provincial deja en claro que las sucesivas Resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación fueron definidas “en forma unilateral, inconsulta y discrecional, afectando el equilibrio económico reparatorio previsto por el pacto en beneficio del Gobierno nacional y en perjuicio de las provincias contratantes”.
Por ello, piden restablecer “un criterio sustentable de fijación de precio de la energía de Salto Grande equiparable al esquema de precios vigente desde la firma del Pacto Intrafederal hasta el año 2013“, oportunidad en que fue afectada la fórmula.
Para Entre Ríos, el pacto se cumplió correctamente 14 años y, desde 2013, hubo un proceso de regulación y fijación de precios a la energía a la baja que afectaron los excedentes. Por ello, plantea la necesidad de restablecer el valor de la energía con el criterio previo y que “se lo aplique retroactivamente a fin de determinar y recomponer los daños y perjuicios sufridos por la provincia”.
El reclamo es contundente en advertir a la Corte “la firme convicción de proseguir un necesario camino tendiente al respeto y recomposición de un sistema que debe enmendar la injusticia sinalagmática y rehacer la seguridad jurídica…”. Por ello es que, para asegurar el derecho de defensa, invita a citar a comparecer a Corrientes y Misiones.
La demanda incluye un extenso capítulo que describe “los perjuicios sufridos por la población entrerriana“, con documentales y artículos periodísticos que exponen desde la mudanza de Federación, el impacto demográfico en la región, hasta la contaminación de las aguas del río Uruguay, las inundaciones de la zona, la erosión, entro otros impactos y riesgos ambientales y sociales.
Al mismo tiempo, suma los “incumplimientos del Gobierno nacional” en relación a las obras pendientes, lo cual resultan necesarias para “mitigar los efectos negativos de la explotación del complejo, la utilización del recurso hídrico, de riego, navegación y todo lo que conduzca al desarrollo de la región que fuera afectada por la implantación de la central hidroeléctrica”.
A continuación, se comparten datos incluidos en la demanda:
Actualmente se le está pagando sólo una tercera parte de lo que Salto Grade cobraba en promedio desde 1998 hasta 2013.
Los ingresos totales desde 2010 hasta la fecha por la operación de la Central Hidroeléctrica resultaron de USD 1.141 millones.
A partir de la Resolución SEN N°95/2013 y sus posteriores modificatorias, que establecieron una remuneración fija actualizable trimestralmente de las hidroeléctricas binacionales por fuera del régimen de remuneración al precio spot del mercado (de unos 33 USD/Mwh), provocó una pérdida de remuneración por producción de la central Salto Grande de más de USD 700 millones en el período.
Históricamente la energía (por todo concepto) comercializada por Salto Grande desde 1998 hasta la Resolución N°95/2013 rondó los 30 USD/MW.
En 2003, la resolución de la Secretaría de Energía de la Nación estipulaba un precio de la energía de USD 33 por MW.
Con relación al precio unitario de la energía, osciló siempre en los USD 28, pero en el año 2012 bajó a USD 24,9 y ya con la Resolución SEN N°95/2013 se bajó a USD 14,1.
En los últimos 5 años las regulaciones arbitrarias del Gobierno Nacional, modificatorias a la baja del precio de remuneración de la energía de Salto Grande, generaron una merma de más de USD 260 millones en concepto de excedentes, de los cuales el 67,5% le corresponde a Entre Ríos.