A través del Decreto N 108/2024 publicado el pasado martes 23 de diciembre en el Boletín Oficial, el Ejecutivo local informa que tras efectuar “la reorganización de los recursos humanos, de acuerdo a las necesidades laborales y a las competencias de cada Secretaría”, resolvió renovar el contrato de los trabajadores municipales con o sin aportes a cada una de las áreas en las que prestan funciones.
La medida fue celebrada por la Seccional Concordia de A.T.E., quienes se habían manifestado en alerta ante la incertidumbre que atravesaban los trabajores contratados.
«Con el objetivo de brindar tranquilidad a los trabajadores y trabajadoras Municipales que actualmente se encuentran bajo la modalidad de contratos, ya sea con o sin aportes, que estos contratos se renovarán de manera automática, proporcionando continuidad y estabilidad a sus empleos», publicaron en sus redes sociales.
El decreto:
Concordia, 23 de enero de 2024
VISTO
La renovación de los contratos con y sin aportes en el ámbito de las distintas Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante y;
CONSIDERANDO.
Que en virtud de la nueva estructura Orgánica Municipal aprobada por Ordenanza N* 38.226/2023 de fecha 7 de diciembre de 2023 se efectuó la reorganización de los recursos humanos, de acuerdo a las necesidades laborales y a las competencias de cada Secretaría, a fin de optimizar
los resultados obtenidos en función de las capacidades de los agentes municipales.
Que en este sentido, surge la necesidad de disponer en forma automática la afectación de los contratados con y sin aportes en el lugar donde se desempeñan actualmente, a fin de evitar dilación en los trámites de traslados, teniendo en cuenta la inmediatez del trámite de renovación de los Contratos para que estos agentes puedan percibir sus haberes en tiempo y forma.
Que en base a ello, cada Secretaría deberá enviar a la Dirección de Liquidación de Haberes el listado del personal contratado con y sin aportes afectado a las dependencias a su cargo.
Que asimismo, corresponde invitar al Concejo Deliberante a adherirse a la presente medida en función del personal contratado con y sin que cumple funciones en la órbita de ese Concejo.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107, inciso q) y u) de la ley N*10.027111 y modificatoria N’ 10.082/11 – Régimen de la Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello, EL PRESIDENTE MUNICIPAL DECRETA:
ARTICULO 1*- Dispónese la afectación en forma automática del personal Contratado con y sin. aportes a las dependencias donde actualmente se encuentran cumpliendo funciones, en virtud de lo expresado en el considerando precedente
ARTICULO 2*- Establécese que cada Secretaría deberá remitir nota a la Dirección de Liquidación de Haberes adjuntando el listado del personal contratado con y sin aportes afectado a las mismas.
ARTÍCULO 3″.- Invitase al Concejo Deliberante a adherirse a la presente disposición, remitiendo nota del mismo tenor, de acuerdo a lo establecido en el Artículo anterior.
ARTICULO 4*- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL’OLIO
Secretario de Gobierno y Hacienda.