31 octubre, 2024

Definen situación de Urribarri en causa por coimas

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El juez de Garantías Mauricio Marcelo Mayer dará a conocer este martes 3, a las 12, su decisión en torno al pedido de sobreseimiento que formuló el ex gobernador Sergio Daniel Urribarri en una causa por cohecho (coimas).

La petición había sido hecho en una extensa audiencia que se realizó el 21 de abril en los Tribunales.

En esa audiencia, el Ministerio Público Fiscal planteó que la causa por el presunto delito de cohecho (coimas) y negociaciones incompatibles que se le imputa a Urribarri , a exfuncionarios de su gestión y al empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros, contiene 14 veces más evidencias que las que se exhibieron en el megajuicio, que se desarrolló entre septiembre de 2021 y abril de este año, y en la que fue condenado, entre otros, el exmandatario a 8 años de cárcel.

Así lo afirmó el fiscal Gonzalo Badano en el marco de una audiencia donde la defensa pidió el sobreseimiento de Urribarri y otros acusados. En la misma, ante el juez de Garantías Mauricio Mayer, el acusador público solicitó que no se haga lugar a lo peticionado y entre los fundamentos para ello mencionó que se trata de una causa compleja, en la que se secuestraron 11 equipos informáticos, tres discos externos y que se totalizan 11 cajas de documental. Además, dijo que extrayeron «600 mil correos (electrónicos) con 95 mil archivos adjuntos; más de 170 mil mensajes y 800 mil imágenes». «Esta causa es 14 veces mayor a la del megajuicio», comparó. Y luego dijo que el monto identificado del pago de dádivas es de 3 millones de dólares, cifra que equivale a 400 millones de pesos.

La audiencia fue solicitada por los abogados defensores de Urribarri y otros acusados, quienes peticionan el sobreseimiento de sus defendidos por entender que caducó el plazo para que la Fiscalía investigue, establecido en el artículo 397, inciso quinto, del Código Procesal Penal de Entre Ríos. Citaron como antecedente el fallo del Superior Tribunal de Justicia del 6 de diciembre de 2021 que declaró la insubsitencia de la facultad de la Fiscalía para investigar y dispuso el sobreseimiento de Juan Alfonso Blasón Lorenzatto, exempleado legislativo que colaboraba con el exdiputado radical Ricardo Troncoso.
Además del juez, en el salón de Tribunales estuvieron los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano; y los defensores de Urribarri, Raúl Barrandeguy, Miguel Ángel Cullen y José Candelario Pérez (este último también abogado de Miguel Ulrich y Carlos Haidar), y Juan Antonio Méndez (abogado de Ulrich y Haidar).

La audiencia se extendió desde las 10,40 hasta casi las 14. Tras oír los fundamentos de ambas partes, el juez Mayer dispuso un cuarto intermedio para decidir. Se acordó que el lunes los fiscales le entreguen una minuta con la cronología de todo lo actuado en la investigación y que recién dará a conocer su resolución el 3 de mayo, a las 12.

El planteo de los defensores
En primer lugar, el abogado José Candelario Pérez manifestó que finalizó el tiempo que tenía la Fiscalía para investigar, ya que la última vez que se tomaron las declaraciones indagatorias a los imputados fueron entre 2020 y 2021 ; y que el organismo acusador no pidió prórroga para que la causa siga abierta.
Mencionó que Urribarri declaró como imputado el 13 de octubre de 2020; y Ulrich y Haidar el 15 y 19 de octubre de ese año, respectivamente. Y que Ulrich amplió su declaración el 5 y 11 de mayo de 2021.

«Durante el transcurso del legajo se acopiaron una infinidad de documentos. Hubo 7 allanamientos y 18 secuestros de elementos. O sea, fue una investigación muy profusa y es opotuno decirlo porque de alguna manera nosotros en la época que pedimos el sobreseimiento de Urribarri estábamos en condiciones de decir que la investigación se había agotado», sostuvo.

En ese sentido, agregó que «los documentos que se habían acopiado no acreditaban las conductas imputadas. Prácticamente condideramos un despropósito la cantidad de elementos». Pérez remarcó que el juez, en una audiencia desarrollada el 23 de febrero de 2021, le dio tres meses a la Fiscalía para que cierre la causa, pero que ese plazo no se cumplió.

«Usted les dio un término y no lo cumplieron. Al contrario, la causa estaba paralizada. Nos damos cuenta que hoy o ayer pidieron a la Dirección de Cómputos unas pruebas. No sé si es porque se enteraron que nos presentábamos, pero prácticamente este proceso estaba paralizado», cuestionó.
Por su parte, Miguel Ángel Cullen, remarcó que la Fiscalía incurre en una «falta de legitimación para continuar la investigación» porque se vencieron los plazos estipulados por el artículo 397 del Código Procesal Penal.

«En esta causa se investigan hechos de 2007 y 2008. Tenemos 15 años de acaecidos los hechos. No se puede permitir traer a juicio a una persona 15 años después. Esta causa recién inicia en 2017, 10 años depués. Se modifica la apertura de causa en 2019 y son llamados a declaración indagatoria en 2020», refirió y resaltó que la defensa fue paciente con los tiempos alongados.

Más adelante, citó el fallo de diciembre de la Sala Penal del STJ que declaró la vencidos los plazos para investigar del Ministerio Público Fiscal y, así, dictó el sobresemiento de un acusado en la causa contratos del exlegislador Troncoso.

Cullen remarcó que «la Sala Penal del STJ es la última intérprete de nuestra legislación procesal» y pidió al juez Mayer que tenga en cuenta esa resolución que marcó un nuevo criterio desde entonces, al entender que los plazos para investigar son «perentorios» (vencen, son inaplazable) y no «ordenatorio», como entiende la Fiscalía.

Juan Antonio Méndez, defensor de Ulrich y Haidar, también adhirió al planteo de sus colegas. «El 23 de febrero de 2021 se dio un plazo de 3 meses a Fiscalía para que resuelva la causa y eleve a juicio. En el caso de Haidar, su declaración fue el 19 de octubre de 2020 y, tomando el plazo de tres meses que usted le puso a Fiscalía, pel plazo se vencía el 23 de mayo de 2021», expresó.

Respecto de Ulrich, sostuvo que «declaró el 15 de octubre de 2020 e hizo ampliación de declaraciones el 5 y 11 de mayo de 2021. Por lo cual, el plazo de tres meses se cumplía el 25 de agosto de 2021 y no hubo pedido de prórroga formal y fundada».

Finalmente se manifestó Raúl Barrandeguy, abogado de Urribarri, en iguales términos que los demás defensores. «Después de leer el fallo Cozzi (NdlaR: fallo Blasón Lorenzatto, caratulado por el apellido del denunciante), se concluye que no se puede seguir investigando porque la facultad caducó por falta de uso, porque no se pidió una cosa muy sencilla: una ampliación (del plazo)».

En esa línea, refirió que el 13 de abril último la Fiscalía presentó tres nuevas evidencias y aseguró que lo hizo cuando tomó conocimiento del pedido de audiencia de sobreseimiento formulado por los defensores. Asimismo, dijo que la evidencia incorporada es de vieja data: «Una evidencia es del 8 de julio de 2020, otra del 11 de diciembre de 2017 y otra del 12 de junio de 2019. ¿Puede alguien considerar que la caducidad de la facultad de investigar se prorrogó porque los fiscales nos traen videncia de hace 5 años? El Ministerio Público dejó vencer largamente todos los plazos para realizar su activiad investigativa», cocnluyó.

La Fiscalía habla de 3 millones de dólares en dádivas
A su tiempo, el fiscal Gonzalo Badano solicitó al juez rechazar el pedido de sobreseimiento y argumentó que se está ante una causa compleja, que requiere analizar mucha información y en la que se identificaron 3 millones de dólares en dádivas.
Además, subrayó que el Ministerio Público Fiscal rechaza el criterio sobre los plazos para investigar del Superior Tribunal de Justicia que estableció con el fallo de diciembre en la causa Blasón Lorenzatto, y que dicho fallo no está firme ya que fue apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
No obstante, dijo que aún aplicando el criterio de la Sala Penal del STJ «no se verifican los requisitos» para que se den por vencidos los plazos para investigar. En ese sentido, puntualizó que entre 2020 y 2021 se tomaron las declaraciones indagatorias y que se produjeron medidas de prueba.

«Aún interpretando la fatalidad de los plazos, entendemos que no han transcurrido desde la última declaración de imputado de la causa», manifestó.

Enseguida, expresó los cuestionamientos de la Fiscalía al fallo del STJ sobre los plazos razonables para investigar y puso de resaltó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en una causa caratulada «Alan Priece y otros/ homicidio simple», concluyó que las provincias «no tienen la facultad de legislar acerca de la cuestión relativa a la extinción de la acción penal», ya que ello es regulado por el Código Penal nacional.
«Los jueces de primera instancia y vocales de apelaciones siempre han entendido que los plazos son ordenatorios, y ahora la sala del Superior cambia el criterio y establece que son perentorios. El antecedente Cozzi no se encuentra firme, fue recurrido ante la Corte Suprema», remarcó.

En otro tramo de su elocución, señaló que se trata de una causa compleja, con 11 imputados, en la que se hicieron varios allanamientos fuera de la provincia y en la que se recolectó mucha información. «Esta causa es 14 veces más grande que la del megajuicio», afirmó.

En plan de comparación, precisó que en los allanamientos se secuestraron 11 equipos informaticos, tres discos externos y material que esta acumulado en 11 cajas. «Hemos localizado más de 600 mil correos electrónicos, que contenían 95 mil archivos adjuntos. Encontamos más de 170 mil comunicaciones; casi 800 mil imágenes. Hablamos de 2 millones de elementos digitales que deben ser analizados. ¿Cómo hacemos desde fiscalía para procesar este cúmulo de información? Requiere mucho tiempo y también comrpender la operatoria. Una de las principales dificultades que nos topamos es que no se usaban los nombres y apellidos en las comunicaciones, sino que se referían a cada uno de los imputados por medio de siglas».

En ese punto, mencionó que en un correo un empleado se refiere a Urribarri a través de su nombre, y le piden que no lo mencionen, por lo que en otras comunicaciones figura, según Fiscalía, con la sigla PU (Pato Urribarri) o SDU (Sergio Daniel Urribarri).

Sobre el final, informó al juez que se está ante un hecho grave en la que se ven involucrados milllones de dólares del erario público. «Este hecho es de una gravedad particular, porque los funcionarios involucrados son los de mayor rango a nivel provincial: el gobernador, ministros y secretario de finanzas. También hablamos del largo período de tiempo sobre el cual se llevó a cabo, hablamos de casi 9 años hasta 2016. Otra cuestión a tener en cuenta es que las contrataciones involucradas, en valor dólar, son de más de 11 millones de dólares, más de mil millones de pesos. El monto de lo que identificamos como dádivas es de más de 3 millones de dólares, que equivale a más de 400 millones de pesos». En cuarto lugar, planteó que el delito de cohecho trajo aparejado otro: el de enriquecimiento ilícito.

Al finalizar, el juez abrió un cuarto intermedio hasta el 3 de mayo para dar su resolución.

La causa
La causa pone la lupa en las operaciones concretadas para la Dirección General de Ajustes y Liquidaciones del Ministerio de Economía, en tiempos del ministro Diego Valiero, en las dos administraciones de Sergio Urribarri. Todo comenzó con la publicación en la edición gráfica de la revista Análisis del 9 de noviembre de 2017 de la investigación titulada “El amigo paraguayo”. Tras ese artículo, se inició una causa de oficio.
Allí, se investiga de qué modo a partir de 2007, cuando Urribarri era ministro de Gobierno del exgobernador Jorge Busti, y luego durante sus dos gestiones como titular del Poder Ejecutivo, “con el fin de generar un núcleo ilícito, favoreció a Relevamientos Catastrales”, la empresa de Cardona Herreros en diversas contrataciones desde el Estado entrerriano. Lo hizo mediante maniobras para favorecer que esa firma lograra quedarse con las distintas licitaciones para la adquisición de software en la provincia, según se desprende de la investigación fiscal.La imputación dice que Urribarri realizó “acuerdos con Cardona Herreros, y ordenó a funcionarios que aportaran información anticipada, y que gestionaran la contratación a favor de Cardona Herreros”. En esas maniobras, señala la imputación fiscal, hubo cobro de sobreprecios que sirvieron, después, para el pago de sobornos a funcionarios.En esa causa la investigación apunta a la participación de una serie de funcionarios, entre los que están el exministro de Economía, Diego Valiero; el titular de la Secretaría de Presupuesto, Luis Erbes; el director de Ajustes y Liquidaciones, Miguel Ulrich; el exsecretario de Hacienda, José Humberto Flores; y el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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