El Ministerio de Interior y el de Turismo y Deportes dieron a conocer el cronograma de feriados para el próximo año, dispuestos por el decreto 789 firmado por el presidente Alberto Fernández, que será publicado el lunes en el Boletín Oficial, y que prevé para el año próximo 12 feriados inamovibles, dos trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 17 días festivos.
De acuerdo con el calendario oficial, el primer feriado es, como suele ocurrir, el 1º de enero. Para la siguiente fecha festiva habrá que esperar más de un mes: se trata del feriado de carnaval, que caerá en 2021 los días 28 de febrero y 1° de marzo.
El próximo año contará con cuatro fines de semana largos, de cuatro días cada uno, -a saber: del sábado 26 de febrero al martes 1° de marzo; del viernes 17 al lunes 20 de junio; del viernes 7 al lunes 10 de octubre; y del jueves 8 al domingo 11 de diciembre-, los que contribuirán a impulsar las escapadas y, con ellas, la reactivación de la actividad turística.
El calendario de feriados 2022:
1° de enero: Año Nuevo
28 de febrero: Feriados de Carnaval
1° de marzo: Feriados de Carnaval
24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
15 de abril: Viernes Santo
1° de mayo: Día del Trabajador
25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes se celebrará el mismo viernes
20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de julio: Día de la Independencia
17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General. José de San Martín se celebrará el 15 de agosto
7 de octubre: Feriado con fines turísticos
12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural se celebrará el 10 de octubre
21 de noviembre: Feriado con fines turísticos
8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
9 de diciembre: Feriado con fines turísticos
25 de diciembre: Navidad
• Feriados inamovibles, trasladables y con fines turísticos
Los feriados inamovibles son: el 1° de enero (Año Nuevo); 28 de febrero y 1° de marzo (Feriados de Carnaval); el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas) y el 15 de abril (Viernes Santo).
También serán feriados inamovibles: el 1° de mayo (Día del Trabajador); el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); el 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad).En tanto, uno de los feriados trasladables será el del 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), que se celebrará el mismo viernes porque no se puede trasladar al lunes siguiente porque coincide con el 20 de junio.
El otro feriado trasladable de 2022 será el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General. José de San Martín) se celebrará el 15 de agosto y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) se celebrará el 10 de octubre.
En cuanto a los feriados con fines turísticos, el decreto estableció como fechas el 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre.
Así, el próximo año contará con cuatro fines de semana largos, de cuatro días cada uno: desde el sábado 26 de febrero al martes 1° de marzo; desde el viernes 17 al lunes 20 de junio; desde el viernes 7 al lunes 10 de octubre; y desde el jueves 8 al domingo 11 de diciembre.
Los ministerios señalaron en el comunicado que los feriados contribuirán a impulsar escapadas turísticas y, con ellas, reactivación de la actividad turística.