Asimismo, las autoridades especificaron en el segundo artículo, la disposición de la restricción de la actividad comercial en la franja horaria determinada en la normativa, mientras que también se exceptúan las actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento, conforme a lo previsto en el Art. 11° del DNU N° 1.033/20 del Poder Ejecutivo Nacional.
Dentro de los considerandos que establece el Decreto Municipal, se explayan diferentes objetivos tendientes todos estos, a proteger la salud pública, lo que “constituye una obligación indelegable» de los Estados, en el marco de la declaración de pandemia” emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS)”.
También cabe señalar que “en razón del incremento de los casos positivos, se ha reunido el COES local, de cuya reunión participaron autoridades judiciales de competencia Federal, quienes emitieron una sugerencia respecto de algunas modificaciones en pos de disminuir la circulación del COVID-19 en Concepción del Uruguay”, precisaron desde el Ejecutivo Municipal.
Por último, autoridades de la municipalidad, destacaron que se debe apelar a la responsabilidad ciudadana, para que entre todos se pueda frenar el incremento de casos en la ciudad, como medida priori de prevención, por lo que se recuerda el uso del barbijo, el uso de alcohol en gel en las manos, ventilación de los ambientes y, esencialmente, el distanciamiento social.