Ese subsidio está vigente desde 2006 y se otorga por fallecimiento de personas beneficiarias del Régimen Nacional de Previsión y de las Cajas Provinciales de Previsión transferidas al Estado Nacional.
La ANSeS prorrogó hoy, por 90 días, los vencimientos del plazo de solicitud del Subsidio de Contención Familiar que se hayan producido durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
A través de una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo recordó que ese subsidio está vigente desde 2006 y se otorga por fallecimiento de personas beneficiarias del Régimen Nacional de Previsión y de las Cajas Provinciales de Previsión transferidas al Estado Nacional.
Esas personas perciben una prestación cuyo haber se encuentre compuesto en todo o en parte con fondos provenientes del Régimen Previsional Público, de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur y de los familiares a cargo de los beneficiarios.
El año pasado, el Gobierno amplió, por decreto, el universo de personas beneficiarias con derecho al cobro del Subsidio de Contención Familiar, y fijó su valor en 15 mil pesos.
Ahora, la ANSeS recordó que, acorde la normativa vigente, el derecho al cobro prescribe al año, contado desde la fecha de fallecimiento de la persona beneficiaria.
Además, consideró que “resulta pertinente disponer las medidas necesarias para que las personas que se vieron impedidas de solicitar el Subsidio de Contención Familiar en virtud del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, no se vean afectadas en sus derechos respecto al transcurso del plazo de prescripción”.