23 noviembre, 2024

Cuáles son las condiciones para acceder a los $17.000 del nuevo bono “Acompañar” de Anses

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La prestación tendrá una duración de seis meses. Está destinada a asegurar un ingreso equitativo al salario mínimo vital y movil. Se podrá combinar con AUH, IFE, y pensiones asistenciales.

Anses, junto al Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD), activa el nuevo bono “Acompañar”, el monto de $17000 para ayudar a víctimas de violencia de género.

 

Este viernes, se informó que el monto se liquidará mediante el organismo previsional, y va a ser articulado con municipios y provincias para que el ingreso en cada una de las personas que necesiten del programa, tanto como acompañamiento y asistencia integral, sea de modo conjunto con las áreas locales.

 

Elizabeth Gómez Alcorta, titular del MMGyD, dijo al respecto: “Esta ha sido una de las demandas históricas del movimiento de mujeres y diversidad: pedir al Estado que cumpla el rol de acompañamiento, insustituible, y por eso celebramos poner en marcha el programa”.

 

Paso a paso, los requisitos para recibir el nuevo bono de Anses.

 

La suma será no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), es decir cerca de $17.000.

 

Se abonará durante un lapso de seis meses seguidos.

 

El propósito es el de solventar gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.

 

Cobro AUH, IFE, AUE ¿puedo acceder al Plan Acompañar?
Si, el nuevo plan resulta ser compatible con:

  • La Asignación Universal por Hijo (AUH)

  • Asignación por Embarazo (AUE)

  • Monotributo Social

  • Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE)

  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

 

¿Cómo se puede acreditar una situación de riesgo?
Para acceder a la ayuda económica, se solicitará acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

¿Quiénes pueden pedirlo?
– Toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada.

  • Extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud.

  • Mayor a dieciocho años.

 

Los que quedan excluidos del Plan Acompañar:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.

  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional.

  • Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Pensión Universal para el Adulto Mayor.

  • Prestación por desempleo.

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